La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) ha emitido en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Convocatoria para el proceso de aprobación como Organismo de Certificación Orgánica 2023. El objetivo primordial de esta convocatoria es fomentar la certificación de productos alimenticios portadores del sello “Orgánico México“. Esto se logrará a través de una mayor colaboración con entidades coadyuvantes.
Este marco legal, dirigido a entidades jurídicas, establece los requisitos esenciales que deben cumplir los interesados que buscan la aprobación como Organismo de Certificación. El fin último de esta aprobación es coadyuvar con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) en la supervisión de los procesos de producción de artículos orgánicos, para así autorizar el uso del distintivo “Orgánico México”, que es propiedad de la Secretaría de Agricultura.
Requisitos y Normativas Definidos.
Con el propósito de garantizar tanto a los consumidores como a los socios comerciales que los productos orgánicos cumplen con las pautas establecidas en regulaciones nacionales e internacionales, la Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera (DGIAAP) del organismo de Agricultura está colaborando con certificadoras competentes para certificar estas labores.
La publicación de esta Convocatoria tiene el propósito de robustecer los procesos de certificación de productos orgánicos, trabajando con entidades jurídicas cualificadas, tal como está estipulado en el “Acuerdo que presenta las Directrices para la Operación Orgánica en las Actividades Agropecuarias“.
Los interesados tienen la obligación de presentar sus solicitudes y adjuntar los documentos requeridos a través del módulo de aprobación en el sitio web del Senasica: Solicitud y aprobación. También existe la opción de entregar la documentación de manera física en la ventanilla única de gestión documental del Senasica, ubicada en Avenida de los Insurgentes Sur 489, Col. Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06100, Ciudad de México.
La DGIAAP será responsable de evaluar las solicitudes de acuerdo con los plazos y etapas establecidos en el artículo 28 del “Acuerdo que define los requisitos y especificaciones para la aprobación de organismos auxiliares”, el cual fue publicado el 30 de octubre de 2014 en el DOF.
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La Convocatoria establece que la DGIAAP será la única entidad con la autoridad para emitir resoluciones en relación con las solicitudes que se ajusten a los términos de la presente Convocatoria.
La Convocatoria entrará en vigor a partir del primer día hábil después de su publicación en el DOF y en el Módulo de Aprobación, y se mantendrá abierta durante un periodo de dos años.